En esta entrada os cuento todas las novedades que aparecen en el III Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios, publicado en el BOE en septiembre de 2026, frente al convenio anterior, publicado en octubre de 2023.
Como sabéis, el convenio anterior tenía una duración desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025. El nuevo convenio tiene una duración desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028.
En esta entrada del blog me voy a centrar en las diferencias que afectan a los auxiliares clínicos veterinarios (ACV), ya que esta web está dirigida a ellos, aunque muchas de las novedades son de carácter general y también afectan al personal veterinario y a otros profesionales del sector.
¡Vamos allá!
Artículo 2. Ámbito funcional.
El III Convenio amplía expresamente su ámbito de aplicación a las actividades veterinarias que se presten a las Administraciones Públicas, empresas públicas y otros organismos o entidades del sector público en el marco de la contratación pública.
Artículo 24. Tablas salariales.
En este artículo se establece que las tablas salariales del anexo I, correspondientes al año 2026, se aplican desde el 1 de enero de 2026. Las tablas de los anexos II y III serán las correspondientes a los años 2027 y 2028, respectivamente.
Esto significa que, aunque el nuevo convenio se publicó en el BOE el 21 de septiembre de 2026, sus tablas salariales tienen efectos desde enero de ese año. Por tanto, la empresa debe abonar los atrasos que correspondan por los incrementos salariales desde el 1 de enero de 2026.
La empresa tiene la obligación de pagar estos atrasos antes del último día hábil del mes siguiente a la publicación del convenio en el BOE. Puedes consultar las tablas y las cantidades exactas en esta entrada: ¿Cuánto cobra un auxiliar veterinario?
¿Qué subida salarial establece el nuevo convenio?
El nuevo convenio establece un incremento del 4 % para cada uno de los años 2026, 2027 y 2028, aplicado sobre todos los conceptos salariales.
Además, incorpora una cláusula de revisión salarial: si el IPC de alguno de estos ejercicios supera el 4 %, durante el primer trimestre del año siguiente se abonará a las personas trabajadoras la diferencia entre el IPC real y el 4 % correspondiente a ese año, con un límite máximo del 1,25 % del salario bruto anual de la persona trabajadora, de acuerdo con el anexo III para su categoría profesional.
Pongamos un ejemplo sencillo para entenderlo mejor: imagina que el IPC de 2026 supera el 4 %. Si la diferencia entre el IPC real y ese 4 % es de un 1 %, se aplicaría la revisión prevista en el convenio, respetando el límite máximo del 1,25 % y la referencia salarial que establece el propio artículo.
¡Ojo! Esta cláusula ya no funciona como la del convenio anterior: antes se comparaba el IPC acumulado de 2023, 2024 y 2025 con una subida acumulada del 11 %, con un límite del 2 %. Ahora la revisión se plantea para cada ejercicio, con un 4 % de referencia y un límite máximo del 1,25 %.
Artículo 37. Km y dietas.
El kilometraje pasa de pagarse a 0.22€/km a 0.26€/km para las personas trabajadoras que utilicen su vehículo propio en desplazamientos al servicio de la empresa.
Artículo 38. Jornada de trabajo.
- Jornada anual: se mantiene en 1.780 horas en 2026, pero se reduce a 1.770 horas en 2027 y a 1.760 horas en 2028.
- Distribución irregular de la jornada: el convenio anterior establecía que no habría distribución irregular. El nuevo convenio introduce una distribución irregular del 10 % a partir del 1 de enero de 2027, con un preaviso mínimo de cinco días sobre el día y la hora de trabajo.
¿Qué significa la distribución irregular de la jornada?
Hasta ahora, el convenio anterior establecía que no podía realizarse una distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Sin embargo, el nuevo convenio introduce esta posibilidad a partir del 1 de enero de 2027, permitiendo distribuir irregularmente hasta un 10 % de la jornada anual.
¿Y cómo se traduce esto en el día a día de una clínica veterinaria?
Imagina que normalmente trabajas 40 horas semanales. Si en una semana la clínica necesita más personal por un aumento de la actividad, podría organizar más horas de trabajo esa semana y distribuir menos horas en otro momento del año.
Esto no significa que aumente tu jornada anual ni que ese 10 % sean horas extra, sino que determinadas horas podrán repartirse de forma diferente a lo largo del año.
La empresa deberá comunicarte el día y la hora de trabajo con un preaviso mínimo de cinco días y respetar siempre los descansos diarios y semanales establecidos legalmente.
Por tanto, es un cambio que puede dar más flexibilidad a las clínicas para organizar los turnos, pero que también puede afectar a la planificación personal de los auxiliares veterinarios.
Esta medida entra en vigor el 1 de enero de 2027.
Artículo 44. Disponibilidad.
El nuevo convenio modifica el límite máximo anual de horas de disponibilidad, reduciéndolo progresivamente durante su vigencia.
- 2026: máximo de 2.492 horas de disponibilidad (1,4 veces la jornada anual).
- 2027: máximo de 2.124 horas (1,2 veces la jornada anual).
- 2028: máximo de 2.112 horas (1,2 veces la jornada anual).
En los contratos a tiempo parcial, estos límites se aplicarán proporcionalmente a la jornada contratada.
Por tanto, la principal novedad es que, a partir de 2027, se reduce el máximo de horas que una persona trabajadora puede estar en disponibilidad. El resto de las condiciones del artículo, como la limitación general de dos fines de semana consecutivos —salvo causas justificadas— y la retribución específica de estos períodos, también se mantienen.
Artículo 46. Licencias retribuidas.
- Un día de asuntos propios al año: se mantiene este permiso de un día anual y un preaviso a la empresa de 7 días. Sí cambia un detalle: el convenio anterior obligaba a comunicar con al menos 48 horas de antelación si la empresa limitaba el disfrute por motivos organizativos; esa previsión ya no aparece en el nuevo texto.
- Incorpora el permiso de hasta 4 días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o desplazarse hasta él debido a restricciones de las autoridades o a situaciones de riesgo grave e inminente, incluidas catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos.
- Incorpora también un día por fallecimiento de un animal doméstico propiedad de la persona trabajadora, su cónyuge o pareja de hecho, con la documentación acreditativa exigida.
Artículos 72, 74, 77 y 78. Carrera profesional.
El III Convenio introduce numerosas modificaciones en la carrera profesional, incluyendo el número de escalas, los requisitos de acceso, las puntuaciones formativas y nuevas disposiciones específicas para los auxiliares clínicos veterinarios.
Hemos recopilado todas las novedades y los cambios que debes conocer aquí.
Artículos 103.6. Desconexión digital e inteligencia artificial.
El nuevo convenio contempla que la comisión paritaria elabore un modelo general de política sobre el ejercicio del derecho a la desconexión digital y sobre los efectos de la transición digital y la inteligencia artificial en el ámbito laboral veterinario.
Disposición transitoria cuarta: plazo de seis meses para elaborar un modelo general de política de desconexión digital y abordar los efectos de la transición digital y la inteligencia artificial.
Disposición transitoria quinta: plazo de seis meses para negociar criterios sobre protocolos empresariales frente a adversidades climáticas y condiciones extremas.
Anexos I, II y II. Tablas salariales.

